Protocolo de Sigilo y Secreto Profesional

Acuerdo Marco de Confidencialidad (NDA)

Estructura jurídica del compromiso de sigilo bilateral suscrito con cada cliente antes de acceder a código o infraestructuras.

Solicitar Modelo Firmable (PDF)
Compromiso Preliminar: Este acuerdo entra en vigor de forma bilateral antes de que el cliente proporcione cualquier tipo de credencial, repositorio Git, contrato de terceros o arquitectura de sistemas.

1. Definición de Información Confidencial

Tendrá la consideración de información confidencial todo el código fuente, repositorios, diagramas de arquitectura, bases de datos, credenciales de acceso, documentación de producto, contratos con agencias o proveedores tecnológicos, reportes financieros y de facturación puestos a disposición de Plumata para la ejecución de la auditoría.

2. Obligación de Sigilo y No Divulgación

Plumata se compromete a custodiar dicha información bajo estrictas medidas de seguridad técnica y organizativa, a no divulgarla ni cederla a terceros y a no utilizarla para fines distintos de la emisión del dictamen técnico contratado.

3. Prohibición de Contacto no Autorizado

Plumata garantiza expresamente que no se pondrá en contacto con los proveedores, agencias, contratistas o empleados del cliente salvo que exista instrucción previa, expresa y por escrito por parte del órgano de administración o directivo facultado del cliente.

4. Destrucción de Evidencias y Accesos

Una vez finalizada la sesión de devolución del Diagnóstico Técnico o peritaje, y transcurrido el plazo de garantía de 30 días naturales, Plumata procederá a la revocación de accesos y a la eliminación segura de todas las copias de código locales o volcados temporales utilizados durante la auditoría.

5. Duración y Validez

Las obligaciones de confidencialidad estipuladas en este acuerdo mantendrán su vigencia durante un período de cinco (5) años a contar desde la fecha de recepción de la información sensible, subsistiendo con independencia de la finalización de la relación comercial.